¿MI ARRENDATARIO PUEDE QUEDARSE CON MI CASA?

En el derecho Mexicano existe una figura jurídica que se llama usucapión o prescripción positiva/negativa, dicha figura nos habla de que una persona que tiene en posesión un bien inmueble tiene la capacidad de "adjudicarse" la propiedad si cumple ciertos parámetros que son: de manera "PACÍFICA" esto nos habla que nunca hubo violencia para la adquisición de la misma, "PÚBLICA" ya que es reconocido el poseedor de ante la sociedad sin estar escondiendo el mantenimiento y ocupación, "CONTINÚA" ya que en un período determinado de tiempo ha habitado libremente en dicho inmueble; dentro de esas modalidades existen 2 tiempos y formas para que un bien prescriba y es que sea de "BUENA FE O DE MALA FE" el primer caso sería a los 5 años por la inscripción de un título que desconozca su validez ya sea por anomalías o la oscuridad de que había un legítimo propietario, la segunda mencionada sería a los 10 años conociendo que existe un legítimo propietario, cuando se ocupé de manera secreta o furtiva a costa del dueño.

 

Dicho esto te damos 3 consejos para evitar que esto pueda ocurrirle a tu patrimonio:

 

    1. Nunca permitas que los recibos de servicios (Luz, Agua, Teléfono) estén al nombre de tu arrendatario puesto que podrían presentarlos ante una autoridad y ejercer la prescripción.

    2.Renovar el contrato año con año puesto que este documento aunque sea privado es prueba suficiente para realizar el desalojo de la persona.

    3.Contratar una póliza jurídica, contar con un abogado que en el momento preciso pueda ejercer alguna acción judicial nos garantiza frenar la prescripción.

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