PAGO PREDIAL, OBLIGACIONES DEL PROPIETARIO
Enero,
mes de cumplir con obligaciones, una de ellas es el pago predial.
El
predial es un tributo que se grava al tener un bien inmueble, es decir es una
contribución que hacen los ciudadanos dueños de un inmueble al Estado, es
considerado como una fuente importante para la captación de recursos que
financien el desarrollo urbano
En
el caso de nuestro país, los gobiernos municipales efectúan el cobro del
impuesto predial, el cual se cobra a los contribuyentes con inmuebles a su
nombre de acuerdo con el registro de inmuebles a nivel municipal del Registro
Público de la Propiedad. De tal forma que, el impuesto predial puede entenderse
como la contribución que todos los propietarios de inmuebles realizan al Municipio
en el que se encuentra el inmueble, con el objeto de aportar los recursos para
la prestación de los servicios públicos del Municipio; y su pago es
obligatorio; por lo que, no se podrá enajenar el inmueble que tenga saldos
pendientes de pago.
La finalidad de su cobro es financiar las
obras en beneficio de la población, como la instalación y mejora del equipo
urbano, la provisión de servicios públicos y el mantenimiento de las
instituciones públicas como escuelas, hospitales y oficinas de gobierno.
El
pago de impuesto predial se obtiene tomando como base el valor catastral del
inmueble, el cual se determina calculando los valores unitarios del suelo
(valor del suelo de la región en la cual está ubicada la propiedad) y la
construcción (valor de la construcción) y multiplicando éstos por la superficie
de la edificación (rango).
Tal
como hemos visto a lo largo de este texto, el impuesto predial es una
recaudación importante de ingresos para el municipio, además, se convierte en
un instrumento de desarrollo urbano importante que permite generar un
crecimiento importante en el entorno social y económico de la población.