PAGO PREDIAL, OBLIGACIONES DEL PROPIETARIO

Enero, mes de cumplir con obligaciones, una de ellas es el pago predial.

 

El predial es un tributo que se grava al tener un bien inmueble, es decir es una contribución que hacen los ciudadanos dueños de un inmueble al Estado, es considerado como una fuente importante para la captación de recursos que financien el desarrollo urbano

En el caso de nuestro país, los gobiernos municipales efectúan el cobro del impuesto predial, el cual se cobra a los contribuyentes con inmuebles a su nombre de acuerdo con el registro de inmuebles a nivel municipal del Registro Público de la Propiedad. De tal forma que, el impuesto predial puede entenderse como la contribución que todos los propietarios de inmuebles realizan al Municipio en el que se encuentra el inmueble, con el objeto de aportar los recursos para la prestación de los servicios públicos del Municipio; y su pago es obligatorio; por lo que, no se podrá enajenar el inmueble que tenga saldos pendientes de pago.

 La finalidad de su cobro es financiar las obras en beneficio de la población, como la instalación y mejora del equipo urbano, la provisión de servicios públicos y el mantenimiento de las instituciones públicas como escuelas, hospitales y oficinas de gobierno.

El pago de  impuesto predial se obtiene  tomando como base el valor catastral del inmueble, el cual se determina calculando los valores unitarios del suelo (valor del suelo de la región en la cual está ubicada la propiedad) y la construcción (valor de la construcción) y multiplicando éstos por la superficie de la edificación (rango).

Tal como hemos visto a lo largo de este texto, el impuesto predial es una recaudación importante de ingresos para el municipio, además, se convierte en un instrumento de desarrollo urbano importante que permite generar un crecimiento importante en el entorno social y económico de la población. 

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