LA FIRMA ELECTRÓNICA EN CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO.

Hoy en día el uso de la tecnología avanza conforme a las necesidades y en el tema de firma de contratos de arrendamiento no es la excepción.

En México existe una norma establecida por la secretaría de economía que regula a los Proveedores de Servicios de Certificación (PSC) y la firma electrónica, la (NOM) 151-SCFI-2016, su objetivo principal es garantizar la autenticidad, integridad y confidencialidad de los documentos electrónicos.

Dentro de los beneficios que encontramos al utilizar una plataforma para firma digital son; el aumento de la eficiencia y productividad, mejora la toma de decisiones, mejora la satisfacción del cliente y reduce costos, además del impacto ambiental al ahorrar en las impresiones, ya que no es necesario contar con un archivo en físico.

Adicional a esto, las plataformas nos garantizan seguridad ya que las firmas están respaldadas por criptografía avanzada, lo que garantiza que los contratos no pueden ser alterados después de su firma, no es necesario que las partes se reúnan físicamente por lo que es rápido el proceso de arrendamiento y se pude firmar en cualquier dispositivo móvil con acceso a internet.

Existen dos formas de realizar la firma, la firma electrónica simple, esta es válida jurídicamente y es considerada como una prueba legal en caso de controversia, mientras la firma electrónica avanzada (FIEL) tiene una mayor fuerza probatoria y es equiparada a la firma autógrafa en términos de validez legal.

Hacer uso de las plataformas para firmas electrónicas nos brinda una solución que está en constante transformación, ya que la tecnología otorga cada día nuevas herramientas que facilitan aún más los procesos.

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