¿EL NUEVO CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES AFECTARÁ AL SECTOR INMOBILIARIO?
El Pleno del Senado de la
República aprobó, en unanimidad, el proyecto de decreto por el que se expide el
nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, instrumento
legislativo que busca establecer procedimientos homologados en todo el país
para dirimir las controversias entre particulares.
Este nuevo código entrará en
vigor a más tardar el 1° de abril de 2027, este busca priorizar la oralidad y
un efectivo acceso a la justicia pronta, completa, imparcial y expedita, para
garantizar a los operadores jurídicos el ejercicio de sus funciones,
habilidades y destrezas, acorde con los derechos humanos, postulados y principios
contenidos en la Constitución.
Asimismo, integra un modelo en
el que se impulse el uso de las tecnologías de la información en los procesos
judiciales, con el objetivo de unificar los criterios y bases normativas, a fin
de materializar el ideal histórico de justicia y equidad en la solución de
conflictos.
También integra las mejores
experiencias en el sistema de impartición de justicia de las entidades
federativas a nivel nacional y tiene una clara y evidente tendencia hacia la
oralidad, la justicia digital, el respeto a los derechos humanos y la protección
de aquellas personas que se encuentren en alguna situación de vulnerabilidad.
¿Ante
esto te preguntarás, realmente afecta a nuestro sector inmobiliario?
La respuesta todavía es ambigua pero más que
afectar, se trata de adaptarnos ante la necesidad de las personas en sus
diferentes entidades y necesidades, por una parte, tendremos contratos de
compra venta y arrendamiento con los mismos términos si se solicita un procedimiento
judicial, y esto aplicará para todos los estados de la república, un ejemplo
sería que dentro de un juicio especial de desahucio para el Estado de México
como para la ciudad de México y para Tabasco, contendrá el mismo procedimiento
y facilitará a los Abogados y servidores públicos a solo manejar y aprenderse
que las mismas condiciones son para todas las entidades, y así no estar
buscando cómo y por qué aplica distinto en los demás estados de la república.
Por otro lado, las controversias derivadas de
un arrendamiento o de incumplimiento de contrato de cualquier índole no están
tan alejadas de lo que ya se ha estado trabajando respecto a la NOM 247, se
trata de seguir cumpliendo con los requisitos que ya están establecidos por
esta norma.
Solo queda esperar a la
publicación de este nuevo código nacional de procedimientos civiles, para saber
qué a que tipo de retos nos enfrentaremos en un futuro no muy lejano, y
realmente ver, si las costumbres, tradiciones y comportamiento social de cada
estado, se pueden adaptar a una misma condición, a una misma ley y a una misma
norma.